Centro de Cumplimiento Ley 21.719
Correspondencia técnica entre las exigencias normativas chilenas de protección de datos y la mitigación determinista ejecutada por Nexus Edge Security.
| Requisito Legal (Ley 21.719) | Solución Técnica Nexus |
|---|---|
| Deber de Seguridad y Resguardo Obligación de implementar medidas técnicas para evitar pérdida, filtración o acceso no autorizado. |
Mitigación Activa en Capa de Red: Identificación y bloqueo en tiempo real de flujos de exfiltración mediante arquitectura de bajo nivel (Rust), aislando conexiones sospechosas de forma inmediata. |
| Demostración de Diligencia Debida (Accountability) Capacidad de acreditar ante la Agencia de Protección de Datos la adopción de medidas preventivas. |
Certificador de Seguridad Legal: Generación automática de registros forenses inmutables de cada intento de vulneración, estructurados para respaldar la defensa jurídica de la corporación. |
| Inviolabilidad de las Comunicaciones Privadas Garantizar que el monitoreo de seguridad no vulnere la privacidad del titular (colaborador). |
Soberanía Zero-Knowledge: El agente audita firmas de red sin inspeccionar contenido personal ni listas de aplicaciones, protegiendo los activos sin perfilar al usuario (Privacy by Design). |
| Trazabilidad y Custodia de Evidencia Garantizar que los registros de auditoría no sean manipulados o alterados. |
Criptografía en Silicio: Logs firmados con hashes SHA-256 inalterables y resguardados en bóvedas cifradas (AES-256) dentro del hardware físico del dispositivo (Secure Enclave). |